¿Qué es el Cumplimiento Normativo o Compliance?

Desde la entrada en vigor de la última reforma del Código Penal español en 2015, las Personas Jurídicas (Sociedades de cualquier tipo, Asociaciones, etc.) pueden delinquir y, por tanto, ser sancionadas penalmente por los delitos eventualmente cometidos por sus administradores, directivos, empleados e incluso proveedores, sobre los que no se ha ejercido el debido control.

El Cumplimiento Normativo o Compliance consiste en analizar el riesgo legal existente para evitar que ocurran irregularidades en la empresa, que puedan ser constitutivas de delito y para que, si éstas se dan, sean descubiertas, investigadas y sancionadas, exonerando así a la organización de cualquier responsabilidad penal que pudiera derivarse de las mismas.

Dotarse de un Programa de Cumplimiento Normativo se convierte en algo prácticamente obligatorio para poder eludir o mitigar la responsabilidad penal que pudiera producirse.

La Circular 1/2016, sobre la Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas conforme a la reforma del Código Penal de 2015 ha estructurado los supuestos en los que los Fiscales ejercerán la acusación en aquellos delitos que puedan cometer las Empresas y también ha establecido el marco en el que los Fiscales no acusaran por haber adoptado y ejecutado con eficacia, la Persona Jurídica, antes de la comisión del delito, modelos de organización y gestión, que deben contener las medidas de vigilancia y control idóneas para prevenir delitos o para reducir de forma significativa el riesgo de su comisión. Los requisitos de tales modelos se establecen en el apartado 5 del art. 31 bis del Código Penal.

Los Programas de Cumplimiento Normativo o Planes de Prevención de Delitos permiten mitigar o eximir de responsabilidad penal a la persona jurídica que los tenga adecuadamente implantados y ejecutados.

¿Cuáles son los Objetivos de un Programa de Cumplimiento Normativo?

El Objetivo General de este tipo de Programas es conseguir que la entidad asuma un papel activo en la prevención de delitos, logrando de un lado concienciar a toda la organización de la necesidad de prevenir situaciones de riesgo y, de otro, establecer los mecanismos necesarios para corregir y sancionar cualquier situación de riesgo que se hubiera producido.

La posibilidad de imputación para las personas jurídicas se produce por una doble vía, vía directa por las acciones realizadas por administradores y/o directivos, y por un segundo supuesto de “culpa in vigilando”, que se origina por falta de control sobre sus empleados y colaboradores (por ejemplo, proveedores) cuando no se ejercita una efectiva supervisión, vigilancia y control de sus actividades.

Los Objetivos Concretos del Plan de Cumplimiento Normativo son:

Prevenir, mediante la aplicación del Plan, la comisión por cualquier administrador, directivo, empleado o colaborador (como, un proveedor), de cualquiera de los Delitos aplicables a la Entidad.

Asegurar la efectividad de las normas y procedimientos de control que minimicen el riesgo de comportamientos ilícitos por parte de administradores, directivos, empleados y, en su caso, proveedores.

Posicionar claramente a la Entidad como contraria a cualquier comportamiento que infrinja la Ley y a las conductas que supongan un incumplimiento de las políticas y procedimientos internos.

Colocar a la Entidad en posición de acreditar que se ha ejercido el control debido sobre su actividad empresarial, cumpliendo de este modo con lo contemplado en el Código Penal.

Establecer medidas eficaces para la mejor detección y control de conductas irregulares que pudieran llegar a ser delictivas, cometidas en el seno de la empresa, una vez que éstas ya se hayan producido, para que pueda aplicarse la correspondiente atenuante en este caso, de la responsabilidad penal.

¿Cómo podemos ayudarle?

Desde nuestra  experiencia y formación, podemos ofrecer a  las Entidades un asesoramiento integral, que permite a nuestros clientes enfrentarse a los nuevos retos  que plantea el Cumplimiento Normativo.

Le ofrecemos nuestros servicios de Consultoría que se concretan en las siguientes posibilidades de intervención:

Asistencia en la elaboración, implantación y validación de Modelos de Detección y Prevención de Delitos.

Auditoría de Prevención Legal (revisando las diferentes Áreas de la Entidad, tales como Prevención de riesgos laborales, Protección de Datos, Prevención de blanqueo de capitales, etc.)

Revisión de modelos de cumplimiento ya implementados.

Definición de las atribuciones y composición del Órgano Interno de Control (Responsable de Cumplimiento Normativo o Compliance Officer) de la Entidad.

Asistencia al Órgano o Persona Responsable del Cumplimiento Normativo en las labores de revisión continúa de la eficacia de los sistemas de compliance, para su constante actualización y adecuación a las circunstancias de la entidad.

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